Bono suma fija, La suma fija de $60.000 que el Gobierno dispuso otorgar a empleados públicos y privados y personal doméstico alcanzará a aquellas personas «con relacionales laborales declaradas hasta el 31 de agosto de 2023«.
Bono suma fija
Además, la asignación no remunerativa será abonada por cada empleador en dos cuotas. El primer pago de $30.000 se acreditará durante los primeros 15 días hábiles de septiembre y la segunda, con los salarios a abonarse en el mes de octubre, conforme la normativa legal vigente.
A través de la Resolución 1125/2023 publicada en el Boletín Oficial, la cartera laboral brindó una serie de precisiones con relación a la suma fija, que beneficiará a quienes tengan salarios inferiores a los $400.000 netos.
Trabajadores con media jornada
Si la prestación de servicios fuera inferior a la jornada legal o convencional, el monto de la suma fija será calculado proporcionalmente a las horas efectivamente trabajadas, aclaró este viernes el Ministerio de Trabajo.
La asignación también es procedente para aquellos trabajadores y trabajadoras que al 31 de agosto de 2023 se encuentren con licencia con goce de haberes a causa de enfermedad o accidente inculpable, en cuyo caso el monto total de la asignación se determinara en función de la jornada laboral que venía desempeñando antes de iniciar la licencia.
El bono es una suma no remunerativa y se otorgará por única vez, absorbible por las paritarias, según dispuso el Gobierno.
Bono salarial: ¿cómo se calcula el refuerzo de suma fija?
Los trabajadores que perciban en septiembre un sueldo neto de $370.000 recibirán el bono de $30.000 por mes, mientras que aquellos que cobren $380.000 obtendrán $20.000 cada mes.
En cambio, quienes tengan un salario de $390.000, recibirán $10.000 por cada mes.
De esta forma, el tope de $400.000 netos opera como techo para recibir el plus salarial.
En el caso del personal doméstico:
- $12.500 para quienes perciben salarios netos, correspondientes al devengado en agosto de 2023, menores o iguales a $387.500.
- La diferencia entre $400.000 y los salarios netos superiores a $387.500 correspondientes al devengado en agosto de 2023, para los trabajadores que perciben salarios netos mayores a ese último monto, y menores a $400.000.
El Gobierno ratificó que las asignaciones no remunerativas podrán ser absorbidas en concepto de aumentos salariales establecidos en los acuerdos, en el marco dispuesto por las Comisiones Negociadoras de sus respectivos Convenios Colectivos de Trabajo.