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El Gobierno fija nuevos montos del salario mínimo hasta 2027

01:23 a. m.

Redacción San Cristóbal al Día

Salario mínimo: el Gobierno fijó nuevos montos hasta abril de 2027.
Salario mínimo: el Gobierno fijó nuevos montos hasta abril de 2027.

El Gobierno estableció aumentos mensuales del salario mínimo desde septiembre de 2026 hasta abril de 2027 tras no lograr acuerdo con gremios.

El Gobierno ha fijado nuevos montos para el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) que se aplicarán desde septiembre de 2026 hasta abril de 2027. Esta decisión fue tomada luego de que empresarios y representantes sindicales no alcanzaran un acuerdo durante la reunión del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo.

Resolución oficial y nuevos valores

La medida fue formalizada a través de la Resolución 4/2026, firmada el 1° de septiembre por Claudia Silvana Testa, presidenta alterna del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil. Según el nuevo esquema, el salario mínimo experimentará incrementos mensuales desde septiembre de 2026 hasta abril de 2027.

Incrementos mensuales detallados

A partir del 1° de septiembre de 2026, el salario mínimo será de $383.800, mientras que el valor para los trabajadores jornalizados será de $1.919 por hora. En octubre, el salario mínimo subirá a $391.200 mensuales y $1.956 por hora. En noviembre, el monto será de $398.800, con un valor horario de $1.994. El esquema continuará en diciembre, cuando el salario mínimo llegará a $406.400, y en enero de 2027 alcanzará los $414.200. En febrero, el salario será de $422.000 y en marzo de $429.600. Finalmente, desde el 1° de abril de 2027, el salario mínimo será de $437.000 mensuales, mientras que el valor para los trabajadores jornalizados será de $2.185 por hora.

Prestación por desempleo

La resolución también definió el mecanismo para calcular la prestación por desempleo. El beneficio será equivalente al 75% del importe neto de la mejor remuneración mensual, normal y habitual que haya percibido el trabajador durante los seis meses anteriores al cese laboral. Sin embargo, se establecieron límites vinculados al salario mínimo vigente: la prestación mensual no podrá ser inferior al 50% del SMVM ni superar el 100% del salario mínimo correspondiente.

Contexto de la decisión

La actualización del salario mínimo se produjo después de que, en la reunión convocada para el 28 de agosto, no se alcanzara un consenso entre los distintos sectores. Ante la falta de acuerdo, la autoridad correspondiente quedó habilitada para establecer los nuevos valores mediante un laudo.

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Fuente: MDZOL

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