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Empleados de Comercio tendrán aumento y bono en mayo: los detalles del acuerdo

SCaldia

Empleados de Comercio tendrán aumento y bono en mayo . La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (Faecys), que conduce Armando Cavalieri, y las cámaras empresarias de la actividad, firmaron la negociación paritaria trimestral con un incremento salarial del 19,5%, lo que permitió alcanzar un ingreso mínimo de convenio de $220.000, informó el gremio que agrupa los mercantiles.

El acuerdo paritario será trimestral y se abonará en tres tramos mensuales de 6,5%, alcanzando una recomposición del 19,5%, sobre la base de salarios de marzo. 

En tanto, también se convino el pago de un bono por única vez de $25.000 en dos cuotas como parte integrante del cierre de la negociación colectiva 2022/23. 

Por lo que en mayo se efectuará el pago correspondiente a la segunda cuota del acuerdo paritario y, en tal sentido, también se abonará la última cuota del bono no remunerativo. 

La paritaria trimestral contempla el período abril-junio de este año, y permitió lograr un piso para el salario básico de $220.000, incluido presentismo.

Paritarias de Comercio 2023

Empleados de Comercio tendrán aumento y bono en mayo

La mencionada suba de 19,5% se abonará en su valor nominal y en tres tramos no acumulativos:

  • 6,5% desde abril.
  • 6,5% desde mayo.
  • 6,5% desde junio.

Lo pactado tiene vigencia desde el 1° de abril de 2023 y hasta el 31 de marzo de 2024, sin perjuicio de lo cual las partes se comprometieron a reunirse en el mes de julio de 2023 para analizar las variaciones económicas que pudieran haber ocurrido.

Bono de $25.000 para empleados de comercio

https://twitter.com/MinTrabajoAR/status/1646999991154622464?ref_src=twsrc%5Etfw%7Ctwcamp%5Etweetembed%7Ctwterm%5E1646999991154622464%7Ctwgr%5Eda7f989459c346cd9ae31f1812177649b242eabd%7Ctwcon%5Es1_&ref_url=https%3A%2F%2Fwww.airedesantafe.com.ar%2Feconomia%2Fempleados-comercio-aumento-y-bono-cuanto-cobraran-mayo-n455874

Asimismo, se acordó el otorgamiento de una suma fija no remunerativa, por única vez y de naturaleza excepcional, en dos cuotas de $12.500 cada una, a abonarse durante el transcurso del mes de:

  • Primera cuota de $12.500 (abril 2023).
  • Segunda cuota de $12.500 (mayo de 2023).

La suma no remunerativa, se acuerda conforme a los que dispone el art. 6 de la ley 24.241.

Un dato a tener en cuenta es el carácter no remunerativo, ya que no serán contributivos a ningún efecto ni generarán aportes y contribuciones a los subsistemas de seguridad social, con excepción de:

  • Aportes y Contribuciones a OSECAC
  • Aporte del trabajador establecido en los artículos 100 y 101 del CCT 130/75.

Además, será base para la contribución empresaria al INACAP.

Jornada Parcial y ausencias

Para los trabajadores a jornada parcial, la suma no remunerativa es proporcional a la jornada, de igual manera será el tratamiento para las ausencias injustificadas durante el mes.

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