Créditos a tasa cero – El Gobierno Nacional extendió los períodos de facturación considerados para otorgar los créditos a tasa cero a monotributistas y trabajadores autónomos, de manera de ampliar el universo de potenciales beneficiarios.
Así lo dispuso en la Decisión Administrativa 1183/2020 publicada en el Boletín Oficial, tras aceptar una recomendación realizada por el Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa de Emergencia de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) en su acta número 16.
El Comité pidió que, con el fin de ampliar el universo de posibles beneficiarios, se considere no solo la situación de la facturación en los términos establecidos originalmente, para cada posible beneficiario, sino también la de los meses posteriores a los ahí contemplados.
De este modo, según informó hoy la Afip, se incorporó entre los criterios la evaluación sobre los niveles de facturación electrónica de abril, mayo y junio para determinar cuando los contribuyentes pueden iniciar el procedimiento.
«La evaluación será secuencial», explicó el organismo que preside Mercedes Marcó del Pont.
En este sentido, para evaluar si el monotributista está en condiciones de acceder al crédito la Afip analizará primero su facturación electrónica entre el 12 de marzo y el 12 de abril de 2020 y si ésta se ubica por debajo del promedio mensual del ingreso bruto mínimo de la categoría en la que se encuentra registrado.
«En caso que sea superior se aplicará el mismo criterio para evaluar el desempeño de la facturación durante el mes de abril completo. Si entonces tampoco le corresponde acceder el procedimiento se repetirá con la facturación de mayo y luego con junio», detalló la Afip en un comunicado.
Para el caso de los autónomos, primero se contemplará la facturación entre el 20 de marzo y el 19 de abril de 2019, respecto del mismo período de 2020, y la posibilidad de iniciar el trámite se habilitará cuando la variación en los ingresos sea de hasta un 5%. «Cuando el contribuyente supere esos parámetros se procederá a comparar la facturación entre el mes abril completo de 2019 y 2020. Si el resultado de esa evaluación es negativo se realizará el mismo ejercicio para mayo y junio», explicó el organismo recaudador.
Por último, se aclaró que las modificaciones en los requisitos también contemplan el período que se tiene en cuenta para determinar si los monotributistas tienen ingresos por un trabajo en relación de dependencia.
Esto quiere decir que si los contribuyentes no hubieran registrado ingresos por ese concepto en febrero, marzo, abril o mayo podrán tramitar los Créditos a Tasa Cero, siempre que cumpla el resto de los criterios.
Los créditos a tasa cero son una financiación a ser acreditada en la tarjeta de crédito del beneficiario, y el monto no puede exceder una cuarta parte del límite superior de ingresos brutos establecidos para cada categoría del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, con un límite máximo de $ 150.000, desembolsado en tres cuotas mensuales iguales y consecutivas.
Monotributistas y autónomos que cumplan con los nuevos parámetros tienen hasta el 31 de julio para iniciar el trámite a través de la web del organismo, www.afip.gob.ar.
7 pasos para realizar el trámite
1) Ingresar al servicio web “Crédito Tasa Cero” con clave fiscal en la web de la Afip a partir del 4 de mayo y hasta el 31 de julio del 2020.
2) Afip indicará a cada contribuyente los montos mínimos y máximos del crédito que se te puede otorgar. Cada uno tendrá que ingresar el importe del crédito que desea solicitar.
3) El contribuyente va a tener que informar los dígitos de su tarjeta de crédito en la que quiera que se acrediten los fondos.
4) Si no posee tarjeta de crédito, debe informar el banco del cuál es cliente. En ese banco va a poder solicitar una tarjeta de crédito sin ningún costo adicional, ni comisiones.
5) La Afip informará al BCRA el crédito en condiciones de ser otorgado y los importes de las cuotas impositivas y previsionales del Monotributo de los tres períodos fiscales siguientes al otorgamiento, para que se sumen a las tres cuotas que va a acreditar el Banco en la tarjeta de crédito.
6) En caso de no resultar procedente, el sistema va a indicar los motivos por los cuales se deniega la solicitud del crédito.
7) Los beneficiarios deberán solicitar el crédito al Banco. No será necesario que vayas físicamente, vas a poder solicitarlo por home banking.