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Un remisero será juzgado por estafar a un Centro de Rehabilitación Infantil

SCaldia
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El fiscal Castellano imputó a GOLB por el delito de defraudación especial en perjuicio de la Asociación para la Lucha contra la Parálisis Infantil (ALPI) por un total de 141.663 pesos.


Mañana por la mañana comenzará en Rafaela un juicio contra un remisero de 48 años por el delito de defraudación especial. El ilícito fue cometido en 2017 en perjuicio de la Asociación para la Lucha contra la Parálisis Infantil (ALPI) por un total de 141.663 pesos, según informó la oficina de prensa y difusión del Ministerio Publico de la Acusación.

El fiscal que investigó el hecho es Martín Castellano, a cargo de la sección Criminalidad Económica y Compleja (SeCEC) de la Fiscalía Regional 5. GOLB enfrenta una posible pena de tres años de prisión de cumplimiento condicional, más las costas del proceso. En tal sentido, el funcionario del MPA le atribuyó al hombre investigado la autoría del delito de defraudación especial por retención indebida.

La causa

El hecho investigado ocurrió en el año 2017, en la ciudad capital del departamento Castellanos. El fiscal explicó que “el miércoles 31 de mayo, el acusado no restituyó en tiempo y forma a ALPI Rafaela la suma de 141.663 pesos”.

El origen de la defraudación se basa en el contrato firmado entre el remisero y ALPI. “El ilícito fue cometido a pesar de lo establecido en la cláusula número 4 de un contrato firmado por el acusado y por ALPI. Además, la entidad lo intimó formalmente y el acusado actuó a sabiendas del perjuicio económico que estaba causando”, agregó el fiscal.

Castellano explicó que “el acusado es remisero y había firmado un contrato de locación de servicios con ALPI, en el cual se establecía que la entidad le pagaba por trasladar a pacientes desde la localidad de Ataliva a la ciudad de Rafaela, y viceversa”. En tal sentido, el fiscal del MPA agregó que “en realidad, el pago lo debía hacer una obra social. Pero como se concretaba a los 120 días aproximadamente, entonces ALPI le adelantaba el dinero al acusado y cuando la obra social le abonaba, el hombre debía restituir –a las 48 horas de recibir el dinero– la misma suma a ALPI”.

“El 10 de marzo y el 5 de mayo de 2017, se concretaron las transferencias bancarias de la obra social a la caja de ahorro del acusado. Sin embargo, nunca restituyó el dinero a ALPI”, concluyó.

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