Bono de Anses, La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) continúa con el calendario de pagos de abril para los titulares de haberes y prestaciones. Asimismo, para aquellos que se han quedado sin trabajo, el organismo ofrece la posibilidad de acceder a la prestación por desempleo, un programa diseñado para brindar asistencia a personas que han sido despedidas de sus trabajos registrados o que han dejado su puesto debido a un cierre de la empresa.
Bono de Anses
Este programa proporciona un bono adicional basado en los ingresos y los meses trabajados con aportes en los últimos tres años, con un valor mínimo de $19.305 y un valor máximo de $32.175. Para los trabajadores mayores de 45 años, se otorga una ayuda financiera durante seis meses más.
Para obtener la presentación por desempleo se requiere contar con el telegrama de despido, carta documento o nota del empleador con firma certificada y DNI para poder acceder a este programa. Asimismo, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:
- Estar desempleado.
- Estar registrado en el Sistema Único de Registro Laboral o en el Instituto Nacional de Previsión Social.
- Haber realizado aportes al Fondo Nacional de Empleo durante un período mínimo de seis meses dentro de los tres años anteriores al cese de la relación laboral.
¿Cómo se puede obtener la prestación por desempleo?
El proceso es completamente gratuito y debe iniciarse dentro de los 90 días posteriores al final de la relación laboral. A continuación, se presentan los pasos a seguir:
- Recopilar toda la documentación personal y familiar necesaria. Si hubo intercambio de telegramas con el empleador, se debe presentar también los telegramas y la constancia del Ministerio de Trabajo.
- Solicitar un turno en Anses.
- Presentar la documentación requerida en la oficina de Anses en la fecha y hora indicadas en el turno solicitado.
Quienes puedan acceder a la prestación por Desempleo, cobrarán esta ayuda en las siguientes jornadas: NOTICIAS RELACIONADAS
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- Documentos finalizados en 0 y 1: 24 de abril
- Documentos finalizados en 2 y 3: 25 de abril
- Documentos finalizados en 4 y 5: 26 de abril
- Documentos finalizados en 6 y 7: 27 de abril
- Documentos finalizados en 8 y 9: 28 de abril
A esta ayuda no pueden acceder los siguientes grupos:
- Quienes no hayan realizado aportes al Fondo Nacional de Empleo.
- Quienes perciban prestaciones previsionales (excepto pensiones directas o derivadas de carácter contributivo).
- Sean Beneficiarios de Programa Jefes de Hogar, Programas de Empleo o cualquier otra prestación no contributiva (excepto beneficiarios de Pensión Vitalicia – excombatientes del Atlántico Sur, Ley N.º 23.848).
- Se encuentran contratados bajo la modalidad de pasantías.
- Perciban otra retribución o ingreso por cualquier actividad desempeñada.
- Hayan renunciado o cesado en la relación laboral de mutuo acuerdo con el empleador o los que hayan optado por el retiro voluntario.
- Tampoco podrán acceder quiénes pertenezcan a los siguientes regímenes:
- Servicio Doméstico.
- Administración Pública Nacional, Provincial y Municipal.
- Establecimientos Privados de Enseñanza (Ley N.º 13.047)
- Personal Docente de la Educación Superior de Instituciones Universitarias Privadas reguladas de conformidad con la Ley N.º 24.521.