La Cámara de Diputados finalmente aprobó en la madrugada de este viernes la denominada Ley Bases y el Paquete Fiscal que venía exigiendo el Gobierno de Javier Milei para profundizar los ajustes y la desregulación de la economía. Dentro del denominado Paquete Fiscal, el oficialismo, con el apoyo de la Unión Cívica Radical, el PRO y el Peronismo Federal, sancionaron el capítulo que obliga a volver a gravar los ingresos salariales superiores a los $1.800.000.
Con esta aprobación del paquete fiscal sin los cambios del Senado, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) pondrá ahora en marcha el mecanismo para la liquidación del Impuesto a las Ganancias y los Bienes Personales, cuyo vencimiento operará en agosto.
Quiénes vuelven a pagar Ganancias
Con la nueva Ley sancionada, se estima que la cuarta categoría del impuesto alcanzará a entre 800.000 y un millón de trabajadores hoy exentos de Ganancias, entre los que hay trabajadores bancarios, mineros, siderúrgicos, camioneros, aceiteros, personal jerárquico, entre otros. Estos volverán a pagar el impuesto en alícuotas que van del 5% al 35%.
En valores monetarios, los descuentos se detallan a continuación:
- Ingresos superiores a $1.800.000 brutos anuales:
- Descuento inicial: $3.000 mensuales.
- Descuento máximo para ingresos exentos actualmente: $60.000 mensuales.
- Descuento para ingresos superiores a $2.500.000 brutos mensuales: más de $100.000 mensuales.
Eliminación de Tratamientos Especiales
La nueva ley elimina todos los tratamientos especiales, afectando los siguientes componentes del ingreso:
- Aguinaldo.
- Gastos de viáticos.
- Fallos de caja.
- Cualquier componente de ingresos negociado por sindicatos.
Escalas y Deducciones Personales
- Incremento de deducciones personales: entre 183,75% y 186,65%.
- Deducción especial para jubilados y pensionados: se mantiene en 8 haberes mínimos garantizados.
- Incorporación del aguinaldo en la deducción especial.
Ajustes Semestrales
El paquete fiscal establece ajustes semestrales para las deducciones personales y los tramos de las escalas del impuesto, a partir de 2025. Los detalles son los siguientes:
- Frecuencia de ajustes: semestral, en enero y julio.
- Índice de ajuste: variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC del semestre calendario anterior.
- Ajuste excepcional en septiembre de 2024:
- Periodo de IPC considerado: junio a agosto de 2024.
- Facultades del Poder Ejecutivo:
- Incremento de deducciones y tramos de escalas para el período fiscal 2024 exclusivamente.